Asociacionismo Juvenil

El derecho a la participación esta reconocido universalmente y como tal aparece en el artículo 21, apartado 1, de la Declaración de los Derechos Humanos. Concretamente, en él se reconoce que todo ser humano "tiene derecho a participar en el gobierno de su país, directamente o por medio de representantes libremente elegidos". 

El derecho fundamental de asociación, reconocido en el artículo 22 de la Constitución, y de antigua tradición en nuestro constitucionalismo, constituye un fenómeno sociológico y político, como tendencia natural de las personas y como instrumento de participación, respecto al cual los poderes públicos no pueden permanecer al margen.


Fomentar el asociacionismo entre la población joven como mecanismo para crear ciudadanía activa, es uno de los objetivos que se deben de contemplar en las actuaciones con el colectivo juvenil de los municipios. Para conseguir este objetivo se deben desarrollar actuaciones para inculcar y fomentar la cultura juvenil de participación. 




- Educar en participación juvenil 
- Informar de los mecanismos de participación juvenil, cómo y dónde participar...
- Asesorar de la creación de asociaciones juveniles 
- Formación en gestión asociativa juvenil y otra formación necesaria
- Crear espacios y canales de participación juvenil y el trabajo en red
- Fomentar la participación con grupos de jóvenes no asociados 
- Crear un órgano de participación juvenil


En este enlace podrás encontrar toda la información para constituir una asociación juvenil: solicitud, modelo de estatutos, acta fundacional y los documentos necesarios. También dónde se debe de presentar. 

Puedes acercarte al Centro Joven, te informamos y ayudamos con todo lo que necesites. 































Registro de asociaciones juveniles y Entidades Prestadoras de Servicios a la Juventud en Castilla-La Mancha: INFORMACIÓN 

No hay comentarios:

Publicar un comentario